1 ago 2018

Sanidad impondrá el traslado forzoso al personal estatutario por necesidades del Servicio

El Sespa ha regulado la movilidad geográfica mediante una resolución publicada  en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA). Esa decisión fue debatida en la Mesa Sectorial de Sanidad, donde fue rechazada por todos los sindicatos excepto el Simpa (el de médicos)
  Al no ser aprobada en las reuniones que se celebraron los días 16 y 18 de julio y no contar con el apoyo sindical necesario, el Sespa optó por emitir una resolución para imponer la movilidad forzosa en toda la sanidad.
 La movilidad temporal tendrá carácter forzoso por necesidades del Servicio y la duración necesaria hasta que dicha contingencia desaparezca. Eso sí, ningún profesional podrá ser trasladado «por un plazo acumulado superior a dos meses en un año». Transcurrido ese tiempo, se designará a otro profesional. Además, los afectados conservarán el derecho a su plaza o puesto de origen, así como a percibir las retribuciones propias del mismo y al abono de dietas y gastos de desplazamiento
 El documento indica los primeros afectados por estos traslados forzosos serán «el personal temporal de menor a mayor puntuación en la bolsa de demandantes de empleo. A igual puntuación, habrá de designarse al de menor edad». En segundo lugar estará «el personal fijo, de menor a mayor antigüedad», con el mismo criterio de desempate que en el caso anterior. En último lugar serán «aquellos profesionales que ocupen jefaturas de servicio o de sección a los que solo les será de aplicación este sistema de provisión agotados los criterios anteriores y en orden inverso a su rango»
 Ver la disposición en el siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1zaDSzJ6H5Z2gmeW1ZgTDgu1XMQHmrd5L/view?usp=sharing

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