Los días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares por antiguedad correspondientes al 2015 se disfrutarán del siguiente modo:
- Los empleados públicos que tengan derecho al disfrute de 1 día lo disfrutarán en el 2016
- Los empleados públicos que tengan derecho a 3 o más días dividirán los días totales en 3 años, disfrutando en cada uno de ellos el mísmo número de días.
- Cuado por ser el número total de días multiplo de 3 no se pueda disfrutar cada año el mísmo número de días el día que reste de la división se disfrutará en 2018, si restan dos días se disfutará 1 en 2017 y otro en 2018
- Los empleados públicos que vayan a cesar su relación con la Administración antes del 31 de diciembre de 2018, disfrutarán íntegramente de esos días antes del cese.
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