-Se dispone la creación y composición de una Mesa de Contrataciones Central con funciones, entre otras, de vigilancia, interpretación y seguimiento del contenido del presente Pacto y que será el órgano competente para otorgar los diferentes perfiles.
-Los profesionales que acrediten estar en posesión del título de especialista, tendrían prioridad en la designación sobre los demandantes de empleo que no estén en posesión del título referido.
-Se crea un orden de preferencia en los nombramientos de auxiliares administrativos para el centro coordinador de urgencias y emergencias médicas, garantizando que los profesionales que prestan servicios en esta unidad posean la experiencia o conocimientos necesarios.
-Se limita a dos años la sanción en el supuesto de rechazo de nombramiento interino en plaza vacante, abriendo la posibilidad de ofertar un nuevo nombramiento interino o eventual por inicio de nueva acción una vez transcurra el período de carencia establecido. Las ofertas para nombramientos que, con carácter de urgencia, se realicen para el mismo día, se puedan rechazar sin sanción.
- Se ampliará la puntuación del personal que haya cumplido el período de formación vía EIR en unidades docentes, otorgando dos puntos por especialidad.
-Requisitos de inscripción en el Registro de demandantes de empleo, “Ser nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea".
-Se exigen para las inscripciones en el registro de demandantes de empleo del SESPA para todos los grupos de clasificación de personal no sanitario, haber participado y superado al menos un ejercicio de la fase de oposición del correspondiente proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, convocado por el Servicio de Salud del Principado de Asturias o haber participado y superado los procesos de selección de personal temporal que se convoquen al efecto.
Toda la información en el siguiente enlace:
https://sede.asturias.es/bopa/2014/06/23/2014-11040.pdf
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