Y ahora la Gerencia que lo niege !!!!
El decreto sobre tiempos máximos de demoras permitirá al paciente
reclamar legalmente cuando la espera en la sanidad pública exceda los
plazos fijados por la Administración: en principio 180 días para una
operación, 90 para una prueba diagnóstica y 60 para una primera consulta
en especializada. Sin embargo, ese derecho desaparecerá cuando el
enfermo rechace el hospital que le asigne o proponga la Consejería de
Sanidad y que podrá ser un centro ubicado fuera de su área sanitaria
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