FURANDO
Blog de la CSI de la sanidad pública asturiana: "Privatizar la sanidad daña gravemente la salud"
2 abr 2025
27 mar 2025
Ante la preocupación surgida en las últimas horas entre los miembros de algún que otro sindicato miembro de la Junta de Personal del área V, con respecto a la recogida de firmas para que se cumpla con la legislación vigente sobre *disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo* ( Real Decreto 486/1997, de 14 de abril —> https://www.boe.es/buscar/pdf/1997/BOE-A-1997-8669-consolidado.pdf ) en el cambiador femenino habilitado en la planta -2, señalar:
1. Que desde nuestra sección sindical se está solicitando de manera
insistente desde hace más de dos años que, todx trabajadora/or de este
hospital, disponga, como indica la ley, de vestuarios habilitados según la
normativa vigente (véase enlace a BOE más arriba).
2. Que el pasado 5 de junio de 2023, se solicitó desde esta
sección sindical una valoración por parte del servicio de prevención de RRLL,
sobre el déficit importante de vestuarios y taquillas para lxs trabajadorxs de
nuestro hospital. Que en el escrito de respuesta del servicio de prevención del
día 26 de junio de 2023, efectivamente se señalan una serie de deficiencias
que, en varias reuniones posteriores con la Gerencia del área, se comprometen a
subsanar en la mayor brevedad posible teniendo en cuenta el "próximo
fin de las obras de ampliación del centro".
3. Que como medida temporal, se habilitó un nuevo
"cambiador" femenino en la planta -2, frente a lencería. Dicho
"cambiador" carece de WC y duchas, y como señalamos anteriormente, se
nos pidió un breve margen de tiempo para que finalizasen las obras de
ampliación y habilitar unos vestuarios completos según marca la ley. Cuando se
nos interpeló directamente al respecto, dimos de paso este cambiador como
medida temporal *hasta que tuviese lugar la apertura de la ampliación del hospital
durante el 2025*, fecha que se manejaba inicialmente, y en la que se nos
prometió que existirían nuevos vestuarios habilitados para el resto de
personal.
4. Que dado que las obras de ampliación del hospital están
actualmente paralizadas, y que por tanto la promesa de disponer de nuevos
vestuarios para el personal en un corto plazo de tiempo no se ha cumplido, y va
a prolongarse por un periodo de tiempo indeterminado (posiblemente años),
consideramos que es imperativo atender a esta necesidad básica de higiene y
confort para el personal del hospital, motivo por el cual, el miércoles 5 de
marzo de 2025, tramitamos una nueva valoración por parte del servicio de
prevención de riesgos laborales.
Cada cual que saque sus propias conclusiones, cada cual que
reflexione sobre quién peleará por sus derechos y quién intentará tapar la
suciedad bajo las alfombras. Nosotrxs lo tenemos claro. Estamos aquí por y para
lxs trabajadorxs, cueste lo que cueste y le moleste a quien le moleste. No
vamos a ser nosotrxs quien demos las excusas a la Gerencia para incumplir las
leyes existentes.
Un saludo y *seguimos en la lucha compañerxs.*
11 mar 2025
27 feb 2025
La justicia reconoce el derecho del personal sanitario del SESPA a computar las vacaciones no disfrutadas en trienios y carrera profesional Oviedo, 26 de febrero de 2025 - La Corriente Sindical d’Izquierda (CSI) celebra dos sentencias favorables en los tribunales contencioso-administrativo de Oviedo que suponen un importante avance en la lucha por los derechos laborales del personal sanitario del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). Estas resoluciones judiciales reconocen el derecho de las/os trabajadoras/es a que los periodos de vacaciones no disfrutadas y compensadas económicamente sean computados a efectos del reconocimiento de trienios y de la carrera profesional. Dos fallos clave en la defensa de los derechos laborales Las sentencias, dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Oviedo, estiman los recursos presentados por la CSI en defensa de dos profesionales del SESPA: Reconocimiento de trienios: En el caso de una enfermera interina, la sentencia reconoce que los 177 días de vacaciones no disfrutadas deben incluirse en el cómputo del quinto trienio, lo que conlleva su derecho a percibir la correspondiente retribución económica. Carrera profesional: En el caso de un enfermero con plaza fija, el tribunal determina que los 281 días de vacaciones no disfrutadas deben ser considerados como tiempo de servicios prestados para la progresión en la carrera profesional. En consecuencia, se le reconoce el derecho a encuadrarse en el Grado III de la Carrera Profesional y percibir el complemento retributivo correspondiente. Un hito en la lucha contra la precariedad Desde la Corriente Sindical d’Izquierda subrayan la importancia de estas sentencias, que sientan un precedente contra la discriminación del personal sanitario temporal y eventual. "Estas resoluciones confirman lo que llevamos solicitando al SESPA tras el pronunciamiento del Tribunal Supremo”, señalan desde el sindicato. Las sentencias citan jurisprudencia del Tribunal Supremo y normativa europea para sostener que negar este reconocimiento a los/as trabajadores/as temporales es una practica discriminatoria.
Exigimos el cumplimiento inmediato de las sentencias Desde CSI exigimos al SESPA que acate estas resoluciones sin demoras ni excusas, aplicando el mismo criterio a todas las personas trabajadoras afectadas sin necesidad de recurrir a la vía judicial. Asimismo, animamos a los trabajadores y trabajadoras del SESPA a reclamar sus derechos y contactar con nuestro sindicato para recibir asesoramiento y apoyo en la defensa de sus legitimas reivindicaciones |
21 feb 2025
Nuevo requerimiento a candidatos para la presentación de documentación acreditativa de los méritos alegados en el proceso de estabilización por el sistema extraordinario de concurso en la categoría del *Grupo Auxiliar Administrativo de la Función Administrativa*.