Se modifica el articulo 16 :
" En aquellos supuestos de nombramiento de sustitución para atender las funciones del personal fijo durante las ausencias derivadas de la concesión de una Comisión de Servicio, la designación del candidato para la formalización del nombramiento se efectuará conforme se establece para el nombramiento interino en plaza vacante".
Para el resto de los nombramientos :
" Entre los demandantes de empleo que figuren como tales en el Área Sanitaria solicitada y/ o asignada como principal será conforme a lo establecido en el articulo 8 del Pacto y se encuentren en situación de Alta.
No obstante, por razones asistenciales, podrán ser designados en las Áreas Sanitarias solicitadas como secundarias o en cualquier otra no solicitada".
https://sede.asturias.es/bopa/2015/09/05/2015-13577.pdf
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