Instrucciones de aplicación para el personal funcionario, estatutario y laboral del Convenio Único de la Administración General del Estado.
El número de días totales a que corresponde la paga extraordinaria de diciembre de 2012 es de 183, de los que procede liquidar los primeros 44 días . El cálculo, por tanto, será el siguiente (siendo PE el importe de la paga extraordinaria): 44 × (PE/183)
En el caso de que, de no haberse suprimido, no hubiera procedido el reconocimiento de la totalidad de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, los primeros 44 días se reducirán proporcionalmente al cómputo de días que hubiera correspondido. De tal modo, el importe se reducirá mediante la aplicación del cociente que resulta de dividir el número de días (N), correspondientes al devengo individual del empleado, que hubieran correspondido de dicha paga extraordinaria, entre 183. El cálculo sería con la siguiente fórmula:
44 × (PE/183) × (N/183)
Así mismo aquellas personas que no estén en activo o hayan fallecido, en el mísmo BOE hay un formulario para la solicitud del abono de dicha paga extra.
Para ello ir al enlacer siguiente:
https://app.box.com/s/985lupxumllrdsuvltgx
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